15 ago 2011

15º Día del Ayuno de Daniel

El Libro de la Vida



  
Todo niño, al nacer, recibe un nombre. El nombre establece su identidad.
Él se torna ciudadano y, por causa de eso, es amparado por la Ley.
Mientras viva, su nombre hará parte del archivo vivo.
Después de la muerte, su nombre va para el archivo muerto.
Allí, sólo tendrá utilidad para fines legales de sus descendientes.
Aún estando en el archivo muerto, delante de Dios, su alma continúa viva y su nombre es registrado en un Libro: o de la Vida o de la Segunda muerte.

No elegimos venir al mundo, pero tenemos derecho de elegir dónde vivir la eternidad.
Si en vida, supo cómo tener su nombre inscrito en el Libro de la Vida, él recibirá, no sólo un nuevo cuerpo glorificado (1 Corintios 15:54), sino también un nuevo nombre.

Y a partir de ahí, su identidad antigua desaparecerá definitivamente.
Con un cuerpo angelical, él no tendrá ningún recuerdo vivido en la Tierra.
Sus seres queridos, si tuvieran sus respectivos nombres inscritos en el Libro de la Vida, también tendrán el mismo privilegio.
Pero, no se reconocerán unos a otros, ni tampoco sabrán que un día vivieron en la Tierra.

“Y el que estaba sentado en el trono dijo: He aquí, yo hago nuevas todas las cosas.” Apocalipsis 21:5

Continuará…

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